REUNIFICACIÓN FAMILIAR
P: ¿Para qué parientes es posible solicitar la reagrupación familiar?
R: El extranjero que vive en Italia, titular de un permiso de residencia o de un permiso de residencia válido de una duración no inferior a un año, podrá solicitar la reunificación para obtener una autorización de entrada de los siguientes miembros de la familia:
– cónyuge (o pareja unida civilmente) – no legalmente separada – de 18 años como mínimo; – hijos menores; – hijos mayores de edad a cargo con invalidez total; – padres a cargo que no tengan otros hijos en el país de origen o de procedencia, en el caso de los padres mayores de 65 años, si los demás hijos no pueden subsistir por motivos graves y documentados de salud; – progenitor natural, si el solicitante es menor de edad y reside legalmente en Italia con el otro progenitor.
Si necesitas ayuda para solicitar la reunificación con tu familia, confía en abogados extranjeros.
P: ¿Por qué se rechaza la solicitud de reagrupación familiar?
R: La solicitud de reagrupación puede ser denegada, por ejemplo, si no se cumple el requisito de ingresos, es decir, si los ingresos son inferiores a la cuantía anual de la prestación social, o si no se demuestra que el alojamiento cumple los requisitos de higiene y alojamiento.
P: ¿Qué se puede hacer en caso de denegación de la solicitud de reagrupación familiar?
R: Es posible interponer recurso ante el Tribunal, con el apoyo de nuestros abogados, que se ocuparán de todos los aspectos para impugnar la decisión considerada injusta.
Solicite asesoramiento rápido y fácil en el estudio o en línea.
P: ¿Cuál es el calendario para solicitar la autorización de reagrupación familiar?
R: El art. 29, párrafo 8, del Texto Único de la Inmigración, prevé que el plazo para la expedición de la autorización de reagrupación familiar por parte de la Prefectura debe ser de un máximo de 90 días a partir de la solicitud.
En caso de retraso, puede dirigirse al despacho de abogados para solicitar el expediente.
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